La Dirección de Desarrollo
Comunitario tiene a su cargo las siguientes funciones:
a) Asesorar al Alcalde y al
Concejo en la formulación de los programas y proyectos necesarios para
promoción del desarrollo social y comunitario.
b) Elaborar diagnósticos que
permitan identificar, cuantificar y localizar Ios problemas socioeconómicos
que afectan a la comunidad, manteniendo registros específicos y
actualizados que desagreguen por sexo e incorporen la variable género.
c) Prestar asesoría técnica a
las organizaciones comunitarias, fomentar desarrollo y legalización, y
promover su efectiva participación en el Municipio.
d) Proponer y ejecutar, dentro
de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar
acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente,
educación y cultura, capacitación laboral, deporte recreación, promoción
del empleo, fomento productivo local y turismo.
e) Dirigir y organizar los
distintos recursos de la Dirección en función del cumplimiento de los
objetivos municipales, evaluando permanentemente su realización.
f) Planificar, proponer y
ejecutar distintos programas sociales en función de Ias necesidades específicas
de los grupos prioritarios y vulnerables.
g) Potenciar la generación de
redes sociales a fin de coordinar los esfuerzos de todas las
organizaciones, sectores y vecinos en general, para constituirse en
motores de su propio desarrollo y el de la comuna favoreciendo la solución
de sus problemas.
h) Coordinar a nivel intra y
extra municipal, con organismos públicos y privados, elaboración y
ejecución de programas y proyectos en torno a las áre estratégicas de
la Dirección, establecidas en el Plan de Desarrollo Comunal.
i) Gestionar recursos
adicionales al Presupuesto Municipal de modo de ampliar Ias posibilidades
de intervención social, en coordinación con la Secretaría Comunal de
Planificación.
j) Supervisar y evaluar
permanentemente la gestión técnica y administrativa de los equipos
responsables de ejecutar los programas de la Dirección.
k) Integrar el Comité del Area
de Desarrollo Social, conjuntamente con el Dirección de Servicios
Incorporados, la Secretaría Comunal de Planificación y Administrador
Municipal, además de los funcionarios que designe el Alcalde.
l) Orientar el quehacer de la
Dirección en función del Plan de Desarrollo Comunal, la Misión
Municipal y la Planificación Estratégica.
m) Cumplir otras funciones que
el Alcalde le asigne, de acuerdo con la legislación vigente y que no sea
de aquellas que la Ley asigne a otras unidades.
Las unidades dependientes de la
Dirección de Desarrollo Comunitario son las siguientes:
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